Vistas de página en total

sábado, 23 de abril de 2011

El derecho a voto de los inmigrantes en España

El articulo 12 de la Constitución Española  contempla la posibilidad de que los residentes extranjeros puedan emitir su voto en las elecciones municipales siempre y cuando existan tratados de reciprocidad con los países de origen de tales personas. Esta condición se cumple de entrada con todos los países de la Unión Europea, por lo que todos sus ciudadanos tienen garantizado el derecho de sufragio activo y pasivo (ser no sólo elector sino también candidato elegible) de igual modo que los españoles pueden hacer lo mismo en cada uno de los países miembros de la Unión.




En nuestra Constitución también se admite la posibilidad de que los residentes extracomunitarios puedan participar en la elecciones municipales , a través de tratados bilaterales que España tiene firmados con diferentes paises como Chile , Argentina y Noruega. A pesar de tenerse un convenio con estos paises , no son lo que mayor número de inmigrantes tienen en España , ya que son más mayoritarias las comunidades marroquís , ecuatorianas etc.


Pero para estos inmigrantes la solución podría venir a través de dos vías La primera consistiría en cambiar el citado artículo de la Constitución y derogar la exigencia de acuerdos bilaterales como condición para ejercer el derecho de voto. El otro procedimiento, que seguramente sea el que finalmente se use, consiste en firmar acuerdos bilaterales con los países de procedencia de los inmigrantes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario